Socialización y firma de convenios de subvención 2025 con entidades administradoras de Centros de Bienestar Infantil

Del 3 al 14 de febrero, el Instituto Crecer Juntos (ICJ) llevó a cabo reuniones con las entidades administradoras de Centros de Bienestar Infantil (CBI) a nivel nacional. El objetivo de estos encuentros fue socializar el convenio de subvención del año 2025, en el marco de la atención integral a niñas y niños de la Primera Infancia. Durante las reuniones, se presentaron los lineamientos normativos que deben cumplir según el «Instructivo para transferencias corrientes a entidades administradoras de Centros de Bienestar Infantil». Y se formalizó el proceso del convenio de subvención, permitiendo el inicio de las transferencias corrientes para el ejercicio fiscal 2025.

Entre los aspectos relevantes del convenio, se destacaron los siguientes:

  • La población prioritaria para la atención en los centros son niñas y niños entre 1 y 3 años. No obstante, se establecieron casos en los cuales se podrá atender a niñas y niños entre 4 y 6 años.
  • La atención diaria a niñas y niños será de al menos 6 horas, de lunes a viernes, bajo la modalidad presencial.
  • Durante el cuarto trimestre del año el personal del ICJ realizará las coordinaciones necesarias para identificar cupos disponibles en las parvularias cercanas a los CBI y se generarán condiciones para la transición de niñas y niños que de acuerdo con su edad deban estar en ese nivel educativo.
  • Cada entidad administradora definirá una persona responsable del funcionamiento del CBI, quien debe ser parte de la entidad administradora y actuará como referente del centro para cualquier coordinación.
  • El ICJ realizará monitoreos periódicos a las entidades administradoras a fin de verificar el cumplimiento del convenio y otros acuerdos suscritos, así como revisar la documentación de soporte de los gastos efectuados.
  • Los procesos de evaluación anual y de selección de personal de atención directa se harán conjuntamente entre las entidades administradoras y el ICJ.
  • El personal de atención directa deberá tramitar anualmente y entregar a la entidad administradora constancia de antecedentes policiales y penales

Además, se presentaron los montos financieros a transferir por cada centro autorizado por la Junta Directiva del ICJ y los compromisos que las entidades deben cumplir para garantizar la promoción de los derechos de la Primera Infancia en El Salvador.

Entidades Administradoras Santa Ana
Entidades Administradoras Sonsonate
Entidades Administradoras Ahuachapán
Entidades Administradoras Chalatenango
Entidades Administradoras La Libertad
Entidades Administradoras San Salvador
Entidades administradoras La Paz
Entidades Administradoras Cabañas
Entidades Administradoras Cuscatlán
Entidades Administradoras San Vicente
Entidades Administradoras San Miguel y La Unión
Entidades Administradoras Usulután
Entidades Administradoras Morazán

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